Separación o divorcio con hijos

Cuando se está pensando en poner fin a la relación conyugal, no se está pensando en volverse a casar, o si la disolución del vínculo va a ser nuestra finalidad o no, lo cierto es que lo que se pretende es “pasar página” y cambiar de la situación que tenemos a otra deseada, por este motivo, no se pone uno a pensar si quiere separarse o divorciarse, la diferencia está en que con la separación no se disuelve el vínculo matrimonial, y por tanto, no se puede volver a casar, se tienen los efectos de matrimonio para muchos casos, y posteriormente, va a tener que acudir de nuevo al Juzgado para divorciarse.
Nosotros recomendamos el divorcio. Se tarda lo mismo, cuesta lo mismo, y los efectos son más completos para quien lo solicita.

Convenio regulador


¿Qué es el convenio regulador y en qué consiste el convenio regulador?

Es el documento en el que se plasman los pactos que los cónyuges acuerdan en los aspectos relativos a ellos, convivencia con los hijos si los hay, y respecto al patrimonio que tienen, y que serán de aplicación una vez tengan el divorcio.

¿Hay obligación de hacer un convenio regulador de divorcio?

SÍ, siempre y cuando el divorcio a plantear sea divorcio express o divorcio de mutuo acuerdo. Se debe presentar junto con la demanda de divorcio de mutuo acuerdo si se hace en sede judicial, y junto con el documento notarial si es divorcio express, y lo redacta un abogado obligatoriamente.

¿Qué cuesta un convenio regulador?

El precio de la elaboración del convenio regulador de divorcio se contempla dentro de los honorarios de la demanda de divorcio de mutuo acuerdo, o gestión notarial de divorcio express, no se cobra a parte.

¿Qué pasa si se incumple el convenio regulador?

Para el caso de incumplimiento del convenio regulador por una de las partes, una vez se haya dictado la sentencia de divorcio confirmando el convenio regulador, la parte perjudicada debe acudir a la vía judicial para iniciar un procedimiento de ejecución de sentencia para que el Juzgado obligue a la parte incumplidora a lo que firmó en convenio.

¿Puedo modificar el convenio regulador después de la sentencia de divorcio?

SÍ, se puede modificar tantas veces sea necesario siempre que concurran ciertas circunstancias que supongan alteración de las circunstancias económicas de manera esencial, o que supongan un cambio en la vida de los hijos, entre otros. Dicho trámite se realiza mediante la presentación de demanda de modificación de medidas al Juzgado que resolvió el divorcio.

¿Qué cuesta una demanda de modificación de medidas?

El precio de una demanda de modificación de medidas varía también en función de que la modificación de medidas comporte más o menos trabajo entre 1.000 € y 3.000 €.

Pensión compensatoria

Consiste en la cantidad que uno de los esposos, ya divorciados debe pagar al otro. Siempre y cuando se considere que hay un desequilibrio económico con respecto al otro.
Hay a menudo cierta confusión entre la pensión compensatoria (para el otro cónyuge si hay desequilibrio económico tras el divorcio) y la pensión de alimentos (la que se paga por el cónyuge no custodio para los hijos).

¿Cuándo tiene derecho uno de los cónyuges a pensión compensatoria?

Por sentido común, si durante el matrimonio, uno de los cónyuges ha tenido que dejar de trabajar, y/o dedicarse exclusivamente al matrimonio y/o familia, y tras el divorcio, hay un desequilibrio, pues disfrutaba de una economía saneada, que al divorciarse no va a poder tener, se produce dicho desequilibrio.

¿Cómo se calcula la pensión compensatoria tras el divorcio?


Lo primero a tener en cuenta es si hay derecho a ella (Artículo 97 y concordantes del Código Civil). En función de: los acuerdos de los cónyuges, si se ponen de acuerdo para ello, si no es así, lo decide un juez. En función de la edad del cónyuge que tiene derecho a la compensatoria, y su estado de salud, si tiene posibilidad de acceso a un empleo tras el divorcio, como se ha dicho más arriba, si ha habido dedicación exclusiva a la familia en detrimento de posibilidades laborales o se ha estado trabajando durante el matrimonio, la duración del matrimonio por supuesto, y la economía que disponga el otro cónyuge, entre otros.

¿Qué es y en qué consiste la pensión de alimentos a los hijos?

En cuanto a los deberes de los padres divorciados para con sus hijos, existe el deber de pagar la pensión de alimentos.
Se consideran alimentos, todo lo necesario e imprescindible para el sustento de los hijos (comida, alojamiento, ropa, médico, educación mientras le sea necesaria, etc.)

¿Cuánto se debe pagar de pensión de alimentos a los hijos?

La cuantía varía mucho fundamentalmente, en función de dos factores:

  • De los ingresos de quien paga los alimentos.
  • De las necesidades que tenga el hijo.

La pensión de alimentos abarca todos los gastos fundamentales, previsibles y no previsibles.
Los gastos ordinarios de la pensión de alimentos son: comida, ropa, casa, y aquellos gastos ordinarios, recurrentes y que son fáciles de cuantificar, los pagos de educación previsibles (colegio, guardería, comedor escolar, libros de texto, uniforme, etc.)

Los gastos ordinarios de la pensión de alimentos son: los que necesita el hijo en cada caso puntual y concreto, que no es previsible, y no es determinado con antelación.

¿Se puede modificar la pensión de alimentos?

SÍ. Mediante la presentación posterior a la sentencia de una nueva demanda, de modificación de medidas, cuando varíen o se alteren las circunstancias económicas o personales que se adoptaron en el momento de acordar el convenio anteriormente.
Por norma general, se suele dar esta circunstancia cuando alguno de los progenitores percibe menos ingresos y solicita que se modifique a la baja la pensión de alimentos que paga al hijo. O bien, cuando el hijo que percibe los alimentos está trabajando y percibiendo dinero.

¿Hasta cuándo hay que pagar los alimentos a los hijos?

Por norma general, deberá pagarse la pensión de alimentos hasta que el hijo sea económicamente independiente. Aunque hay matices siempre que tener en cuenta en cada caso concreto.